Separación / Divorcio
Cuando los cónyuges deciden extinguir su relación personal, pueden tramitar ante notario la separación o divorcio. Para ello, han de cumplirse una serie de requisitos, entre los que se encuentra el tiempo transcurrido, que no debe ser inferior a tres meses desde la celebración del matrimonio, la asistencia de un abogado, que les asesore y redacte el preceptivo convenio regulador, y que no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos.
En caso de que hubiese hijos mayores de edad, pero que dependan económicamente de los padres, el procedimiento notarial puede exigir contar con su consentimiento. Este documento está sujeto a demarcación, siendo el Notario competente el del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.
- – Documento nacional de identidad de ambos cónyuges
- – Libro de familia o certificado del matrimonio
- – Convenio regulador, que no debe ser perjudicial para ninguna de las partes
- – En su caso, certificado de empadronamiento